En cuentas privadas.
En España: memes o críticas sarcásticas no son delito según nueva sentencia del TS.
Lo realizado por la demandada fue una crítica, utilizando un tono sarcástico, sin expresiones insultantes, en relación a hechos veraces, y sobre una cuestión de interés general.

Lo realizado por la demandada fue una crítica, utilizando un tono sarcástico, sin expresiones insultantes, en relación a hechos veraces, y sobre una cuestión de interés general . . .
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