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Diario Constitucional

Propiedad intelectual.

Empresa argentina debe indemnizar a Microsoft por utilizar programas informáticos de su propiedad sin licencias de uso.

Cabe hacer notar que, conforme a la normativa aplicable, es titular del derecho de propiedad intelectual el autor de la obra científica, literaria y artística y las personas físicas o jurídicas cuyos dependientes contratados para elaborar un programa de computación lo hubiesen producido en el desempeño de sus funciones laborales, salvo estipulación en contrario.

Por Redacción·10 de mayo de 2025·3 min de lectura
imagen: mexicoindustry
Referencial

El Juzgado Civil y Comercial N°1 de Bahía Blanca (Argentina) condenó a una empresa argentina a indemnizar a Microsoft por utilizar programas informáticos de su propiedad sin las respectivas licencias de uso. Dictaminó que el solo hecho de que los software estuvieran instalados en los ordenadores de la compañía basta para acreditar infracciones a la normativa sobre propiedad intelectual y derechos de autor.

Microsoft interpuso la demanda tras detectar que la empresa utilizaba programas informáticos de su autoría, sin las licencias correspondientes. La acción se interpuso a partir de un procedimiento de prueba anticipada, mediante el cual se inspeccionaron los equipos de la empresa demandada, encontrándose trece softwares de Microsoft instalados sin acreditarse su adquisición legal.

En su contestación, la compañía demandada sostuvo que no hizo uso de los programas y que las computadoras inspeccionadas ya venían con el software preinstalado. Además, señaló que tras la diligencia judicial procedió a adquirir las licencias pertinentes para evitar futuros reclamos, aduciendo que los registros encontrados persistían pese a haber desinstalado los programas.

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