Se vulneró el derecho a la inviolabilidad de las comunicaciones.
Despido de trabajadora que comercializaba productos en horario laboral vía WhatsApp es improcedente, resuelve tribunal peruano.
La aparición de nuevas tecnologías ha demostrado que los empleadores hacen uso de nuevos sistemas de control de la actividad laboral de los trabajadores. Sin embargo, está facultad de control reconocida tanto a nivel doctrinario como en la legislación interna, como lógica consecuencia del poder de dirección, no es ilimitada, pues debe hacer observancia de la inviolabilidad de los derechos fundamentales.

La aparición de nuevas tecnologías ha demostrado que los empleadores hacen uso de nuevos sistemas de control de la actividad laboral de los trabajadores. Sin embargo, está facultad de control reconocida tanto a nivel doctrinario como en la legislación interna, como lógica consecuencia del poder de dirección, no es ilimitada, pues debe hacer observancia de la inviolabilidad de los derechos fundamentales . . .


