Medida se ajusta a derecho
Consejo de Estado de Francia avala existencia de unidades contra el crimen organizado en prisiones del país
Reafirmó el equilibrio entre la seguridad penitenciaria y la protección de los derechos fundamentales de los reclusos. El Consejo consideró que el régimen especial de las unidades contra el crimen organizado cuenta con salvaguardias suficientes para evitar abusos y garantizar la legalidad de las medidas restrictivas. La resolución también valida la actuación de la administración penitenciaria en la prevención del tráfico de influencias y la continuidad delictiva desde las cárceles.

El Consejo de Estado de Francia declaró conforme a derecho el decreto que regula las unidades penitenciarias especiales creadas para combatir el crimen organizado, desestimando el recurso presentado por la Asociación de Abogados Penalistas. La resolución considera que la normativa garantiza tanto el debido procedimiento de ingreso en dichas unidades como el respeto de los derechos fundamentales de los reclusos.
El decreto, dictado en el marco de la ley del 13 de junio de 2025, forma parte de las medidas destinadas a reforzar la política penitenciaria frente al narcotráfico y las redes delictivas. Estas unidades, establecidas en determinadas prisiones, entre ellas la de Vendin-le-Vieil, en Pas-de-Calais, están destinadas a reclusos vinculados a organizaciones criminales y sometidos a un régimen de máxima seguridad.
Según el fallo, los motivos de ingreso en estas unidades han sido claramente definidos por la ley y validados previamente por el Consejo Constitucional. Además, el procedimiento contradictorio previo a la decisión de internamiento garantiza que el recluso pueda presentar sus observaciones antes de que se adopte cualquier resolución sobre su traslado.
El Consejo de Estado subrayó que los reclusos en estas unidades conservan los mismos derechos que el resto de los presos, conforme al código penitenciario. Las adaptaciones previstas, como registros corporales más rigurosos, salas de visita separadas y restricciones en las comunicaciones telefónicas, fueron consideradas proporcionadas y orientadas a prevenir contactos con redes criminales externas.
En consecuencia, el máximo tribunal administrativo francés rechazó el recurso interpuesto por la Asociación de Abogados Penalistas, confirmando la legalidad del decreto y su compatibilidad con los principios del derecho penitenciario y las garantías individuales.
“Si bien el director del centro penitenciario puede, previa revisión por el tribunal administrativo, adoptar medidas adicionales, estas deben justificarse por imperativos de seguridad o del mantenimiento del orden público dentro del centro. En consecuencia, los argumentos de que el decreto impugnado vulnera el principio de seguridad jurídica o no regula suficientemente las restricciones que pueden imponerse al ejercicio de los derechos de los reclusos internados en unidades de lucha contra el crimen organizado deben, en todo caso, desestimarse”, señala la sentencia.
“No puede argumentarse útilmente que el decreto impugnado que define las condiciones para la aplicación de las disposiciones legislativas que rigen la ubicación de ciertos detenidos en un tipo particular de pabellón dentro de los establecimientos penitenciarios vulneraría el principio de igualdad entre los detenidos, en particular entre los detenidos en un pabellón para la lucha contra la delincuencia organizada y los detenidos en otros pabellones seguros”, concluye el fallo.
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