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Diario Constitucional

Legislador debe reformar normativa

Consejo Constitucional de Francia declara inconstitucional norma que permite reiteración ilimitada de detenciones administrativas de migrantes irregulares en virtud de una misma orden

Declaró inconstitucional el artículo L. 741-7 del Código de Entrada y Residencia de Extranjeros y del Derecho de Asilo, que permite la repetición de detenciones de personas extranjeras en situación irregular. Sin embargo, la derogación de esta disposición se postergó hasta noviembre de 2026, otorgando al Parlamento un año para reformar la legislación e incorporar las garantías necesarias que protejan la libertad individual conforme al artículo 66 de la Constitución

Por Redacción·26 de octubre de 2025·2 min de lectura
imagen: france24
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El Consejo Constitucional de Francia emitió un fallo que limita el uso reiterado de la detención administrativa de extranjeros sujetos a una orden de expulsión. La decisión responde a un análisis sobre la constitucionalidad del artículo L. 741-7 del Código de Entrada y Residencia de Extranjeros y del Derecho de Asilo, incorporado por la Ley del 26 de enero de 2024 relativa al control migratorio y a la mejora de la integración.

El órgano constitucional consideró que la lucha contra la inmigración irregular constituye un objetivo legítimo que permite a la administración disponer de mecanismos específicos para ejecutar las medidas de expulsión. No obstante, subrayó que el ejercicio de tales facultades debe respetar la libertad individual garantizada por el artículo 66 de la Constitución francesa.

El fallo establece que las disposiciones impugnadas no definen límites claros sobre la cantidad de veces que puede repetirse una detención basada en la misma orden de expulsión, ni fijan una duración máxima acumulada de privación de libertad. Además, carecen de criterios específicos que orienten a la administración en la aplicación de dichas medidas.

Ante esta falta de garantías jurídicas, el Consejo Constitucional concluyó que el legislador no logró equilibrar adecuadamente el objetivo de combatir la inmigración irregular con la protección de la libertad individual. Por esta razón, declaró la inconstitucionalidad del artículo L. 741-7.

Sin embargo, el Consejo decidió diferir la derogación de esta norma hasta el 1 de noviembre de 2026, con el fin de permitir al Parlamento adoptar las reformas necesarias. Este plazo otorga a las autoridades legislativas un margen de algo más de un año para establecer un marco legal que precise los límites y condiciones aplicables a la reiteración de las detenciones.

Durante el período transitorio, el Consejo Constitucional encargó a los magistrados de los tribunales judiciales verificar que cada nueva detención administrativa no resulte desproporcionada, considerando los periodos previos de privación de libertad sufridos por la misma persona extranjera.

Con esta decisión, el Consejo busca garantizar que el sistema de control migratorio continúe operando dentro del respeto a los derechos fundamentales mientras se adecua la legislación vigente.

“Al no determinar los límites y las condiciones aplicables a la reiteración de la detención , el legislador no había proporcionado las garantías jurídicas necesarias para una conciliación equilibrada entre la lucha contra la inmigración ilegal y la libertad individual. Por consiguiente, declaró contrario a la Constitución el artículo L. 741-7 del Código de Entrada y Residencia de Extranjeros y del Derecho de Asilo”, concluye el Consejo.

Vea sentencia Consejo Constitucional de Francia.

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