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Diario Constitucional

Argentina.

Banco y estudio de cobranza deben indemnizar a consumidor por incurrir en hostigamiento telefónico e incumplir su deber de información, resuelve un tribunal argentino.

El proveedor se halla obligado a suministrar al consumidor información cierta, clara y detallada de las condiciones de comercialización de los bienes o servicios que provee; deber éste que constituye una obligación legal de conducta no sólo en la etapa precontractual, sino también en la etapa de ejecución del contrato, con el propósito de garantizar al acreedor un cumplimiento satisfactorio.

Por Redacción·23 de noviembre de 2023·1 min de lectura
imagen: lahora.cl
Referencial

El proveedor se halla obligado a suministrar al consumidor información cierta, clara y detallada de las condiciones de comercialización de los bienes o servicios que provee; deber éste que constituye una obligación legal de conducta no sólo en la etapa precontractual, sino también en la etapa de ejecución del contrato, con el propósito de garantizar al acreedor un cumplimiento satisfactorio . . .

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