Perspectiva de género.
Abogado debe realizar capacitación en cuestiones de género por presentar escritos con expresiones “machistas” en causa sobre violencia intrafamiliar, resuelve un tribunal argentino.
No se puede tolerar que las incansables luchas por el reconocimiento social y jurídico de la igualdad real de oportunidades, queden desdibujadas por livianas aseveraciones que traducen un desconocimiento en la materia. Y más inaceptable resulta aún cuando el retroceso y el sesgo emanan de los dichos de un profesional de la abogacía.

El Tribunal Superior de Justicia de Entre Ríos (Argentina) desestimó el recurso deducido por un abogado que fue condenado a realizar cursos de capacitación de género bajo apercibimiento de multa, por consignar expresiones “machistas” y discriminatorias contra la madre de sus hijos en sus escritos jurídicos. Dictaminó que los profesionales del derecho deben evitar incurrir en estos dichos por ser contrarios a la igualdad de género y a la dignidad de las mujeres madres de familia.
La decisión fue adoptada en el marco de una denuncia por violencia intrafamiliar que la pareja del abogado, y madre de sus dos hijos, interpuso en su contra. En este contexto, el letrado habría cuestionado el rol de la mujer como madre y utilizado expresiones “humillantes en su contra”. Por este motivo, fue condenado en instancia a realizar un curso de capacitación en temas de género, decisión que el letrado apeló ante el Tribunal Superior.
El abogado alegó que existían contradicciones en los informes presentados por los organismos especializados en la temática al cuestionar su capacidad profesional. Adujo que, por la sensación propioceptiva de una mujer que se percibe agraviada, se le castigaba sin prueba, sin derecho de defensa. Además, alegó circunstancias relativas a su hijo e hija en común con la denunciante, cuestionando su rol de cuidadora.
Temas
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


