Incumbe a los Estados decidir quién puede ejercitar acciones judiciales.
Legislación rumana que impide a asociaciones de jueces impugnar los nombramientos de fiscales en casos de corrupción no contraviene el Derecho de la Unión, resuelve el TJUE.
Ninguna disposición del Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros, con carácter general, a garantizar a las asociaciones profesionales de jueces y fiscales el derecho a impugnar cualquier incompatibilidad con el Derecho de la Unión de una medida nacional relacionada con el estatuto de los jueces.

Ninguna disposición del Derecho de la Unión obliga a los Estados miembros, con carácter general, a garantizar a las asociaciones profesionales de jueces y fiscales el derecho a impugnar cualquier incompatibilidad con el Derecho de la Unión de una medida nacional relacionada con el estatuto de los jueces . . .
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