En forma unánime.
TC declaró derechamente inadmisible requerimiento de inconstitucionalidad presentado por estudio jurídico que impugnó Auto Acordado de la Corte Suprema que autoriza remates de inmuebles por videoconferencia.
La impugnación no permite derivar, sin más, que la aplicación del auto acordado vulnere el derecho de propiedad debido a un procedimiento que adolecería de vicios por la realización de una subasta pública a través de medios remoto.

La impugnación no permite derivar, sin más, que la aplicación del auto acordado vulnere el derecho de propiedad debido a un procedimiento que adolecería de vicios por la realización de una subasta pública a través de medios remoto . . .


