Por unanimidad.
TC declaró admisibilidad de inaplicabilidad que impugna normas que limitan plazo para ejercer acción de reclamación de filiación no matrimonial, en causa sustentada en la posesión notoria de calidad de hijo.
Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación.

Luego de que la Sala designada por el Presidente del TC declara la admisibilidad del requerimiento deducido, le corresponde al Tribunal Pleno, en definitiva, emitir pronunciamiento sobre el fondo de la impugnación . . .


