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Diario Constitucional

Art. 84 N° 5 LOCTC.

TC declara inadmisible inaplicabilidad que impugnaba normas que establecen como sanción la inhabilitación temporal para contrata con el Estado a Empresa de Retail.

La Segunda Sala ha llegado a la convicción de que concurre la causal de inadmisibilidad del artículo 84 N° 5 de la LOCTC, esto es, cuando aparezca que los preceptos legales impugnados no resultarán decisivos en la resolución de la gestión pendiente.

Por Montserrat Verdugo·05 de noviembre de 2020·1 min de lectura
Normas que prohíben a empresas condenadas por vulneración de derechos fundamentales o prácticas antisindicales de contratar con el Estado, serán examinadas en sede de inaplicabilidad por el Tribunal Constitucional.
Referencial

La Segunda Sala ha llegado a la convicción de que concurre la causal de inadmisibilidad del artículo 84 N° 5 de la LOCTC, esto es, cuando aparezca que los preceptos legales impugnados no resultarán decisivos en la resolución de la gestión pendiente . . .

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