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TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código de Procedimiento Civil.

La gestión pendiente incide en recursos de casación en la forma y en el fondo, de que conoce la Corte Suprema.

Por diarioconstitucional·20 de junio de 2016·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna normas del Código de Procedimiento Civil.
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La gestión pendiente incide en recursos de casación en la forma y en el fondo, de que conoce la Corte Suprema . . .

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