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Segunda sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la ley sobre medias alternativas a la privación de libertad.

La gestión pendiente incide en los autos respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.126, de que conoce el Juez de Garantía de Pucón.

Por diarioconstitucional·10 de mayo de 2016·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la ley sobre medias alternativas a la privación de libertad.
Referencial

La gestión pendiente incide en los autos respecto del inciso segundo del artículo 1° de la Ley N° 18.126, de que conoce el Juez de Garantía de Pucón . . .

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