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Segunda sala.

TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.

La gestión pendiente invocada recae sobre recurso de apelación conocido por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt.

Por diarioconstitucional·28 de junio de 2016·1 min de lectura
TC deberá resolver si admite a trámite inaplicabilidad que impugna norma de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.
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La gestión pendiente invocada recae sobre recurso de apelación conocido por la Corte de Apelaciones de Puerto Montt . . .

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