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Diario Constitucional

Auto Acordado N°13 de la Corte Suprema.

Se declara derechamente inadmisible inaplicabilidad que objeta norma que autoriza realizar remates de inmuebles por videoconferencia.

Concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 4 del artículo 84 de la LOCTC, en atención a que la disposición que es impugnada en la acción constitucional deducida no ostenta rango de precepto legal.

Por Carlos Uauy·09 de junio de 2021·1 min de lectura
Norma que permite el embargo de los fondos públicos de subvenciones escolares, se impugna en sede de inaplicabilidad ante el Tribunal Constitucional.
Referencial

Concurre la causal de inadmisibilidad prevista en el numeral 4 del artículo 84 de la LOCTC, en atención a que la disposición que es impugnada en la acción constitucional deducida no ostenta rango de precepto legal . . .

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