Requerimiento de inaplicabilidad.
Norma referida a la entrega del inmueble adjudicado en pública subasta, se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La requirente plantea que el precepto impugnado resulta contrario al debido proceso, puesto que estaría dando cabida a privilegiar la situación procesal del adjudicatario, al evitarle un juicio declarativo.

Se solicitó declarar inaplicable, por inconstitucional, el artículo 671 del Código Civil.
El precepto legal impugnado establece:
“Artículo 671.- Se llama tradente la persona que por la tradición transfiere el dominio de la cosa entregada por él o a su nombre, y adquirente la persona que por la tradición adquiere el dominio de la cosa recibida por él o a su nombre.
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