15°C ·Santiago·04 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Requerimiento de inaplicabilidad.

Norma que permite arresto del empleador por deudas previsionales, no produce efectos contrarios a la Constitución.

La Magistratura sostuvo que la privación de libertad en este caso responde al incumplimiento de un mandato legal y judicial, lo cual está permitido.

Por Redacción·06 de mayo de 2025·4 min de lectura
depositphotos.com
Referencial

El Tribunal Constitucional rechazó un requerimiento de inaplicabilidad, por inconstitucionalidad, que impugnó el artículo 12 de la Ley N°17.322, que establece normas para la cobranza judicial de cotizaciones, aportes y multas de las instituciones de seguridad social.

La precitada disposición legal establece lo siguiente:

“Artículo 12.- El empleador que no consignare las sumas descontadas o que debió descontar de la remuneración de sus trabajadores y sus reajustes e intereses penales, dentro del término de quince días, contado desde la fecha del requerimiento de pago si no opuso excepciones, o desde la fecha de la notificación de la sentencia de primera instancia que niegue lugar a ellas, será apremiado con arresto, hasta por quince días. Este apremio podrá repetirse hasta obtener el pago de las sumas retenidas o que han debido retenerse y de sus reajustes e intereses penales.

Te puede interesar

Suscribirme a Newsletter