Código de Procedimiento Civil.
Norma que faculta al juez decretar la medida cautelar de prohibición de celebrar actos y contratos se impugna ante el Tribunal Constitucional.
La resolución que concede esta medida precautoria en la gestión pendiente le impide a la requirente ejercer su derecho a defensa y constituye una expropiación o limitación no tolerada por el ordenamiento constitucional vigente.

La resolución que concede esta medida precautoria en la gestión pendiente le impide a la requirente ejercer su derecho a defensa y constituye una expropiación o limitación no tolerada por el ordenamiento constitucional vigente . . .


