Legislativo
Ley de Copropiedad Inmobiliaria
Proyecto de ley busca hacer obligatorias mallas de seguridad en departamentos con niños
Busca establecer un estándar mínimo de seguridad habitacional y prevenir accidentes graves en viviendas en altura.

La moción, presentada por la Cámara de Diputados, contenida en el Boletín Nº 17.935-14, propone modificar la Ley Nº 21.442, sobre Copropiedad Inmobiliaria, para hacer obligatoria la instalación de mallas de seguridad en departamentos sobre el tercer piso que sean habitados por menores de edad.
La iniciativa expone que la urbanización vertical ha incrementado el riesgo de caídas desde ventanas, balcones y terrazas, eventos que presentan una alta letalidad y afectan principalmente a niños, personas mayores y personas con discapacidad. El proyecto sostiene que la ausencia de medidas preventivas estructurales —como mallas certificadas— constituye una brecha normativa que agrava la ocurrencia de accidentes graves y muertes.
El texto fundamenta la propuesta en estadísticas nacionales que registran 1.933 fallecimientos por caídas entre 2022 y 2024, incluidos 39 menores de edad, además de diversos incidentes recientes en edificios de la Región del Biobío. También recoge recomendaciones de la Sociedad Chilena de Pediatría y organismos internacionales que promueven la instalación obligatoria de barreras de protección en viviendas en altura.
El proyecto plantea incorporar en el Título VII de la Ley Nº 21.442 un nuevo Párrafo 4°, destinado a regular otras medidas de seguridad. Dentro de él, se incorpora el artículo 43 bis, que obliga a propietarios, arrendatarios u ocupantes de departamentos ubicados sobre el tercer piso y habitados por menores a instalar mallas de seguridad en balcones, ventanas y zonas de riesgo. Un reglamento definirá los elementos técnicos, la certificación y la correcta mantención que deberá cumplir la instalación de estas mallas.
La responsabilidad de instalación puede ser trasladada contractualmente del propietario al arrendatario u ocupante. Asimismo, el texto asigna a la administración del condominio la obligación de verificar la correcta instalación, fiscalizar el estado de las mallas y exigir la subsanación inmediata de deficiencias, garantizando el cumplimiento de las normas técnicas. También deberá adoptar medidas para evitar que dichas instalaciones representen riesgos para residentes o terceros, y estará facultada para exigir la subsanación inmediata de cualquier deficiencia detectada.
El proyecto busca establecer un estándar mínimo de seguridad habitacional, prevenir accidentes graves y reforzar la protección de menores en viviendas en altura mediante una medida de bajo costo y alto impacto.
La iniciativa, que cumple su primer trámite constitucional, pasó para su estudio e informe a la Comisión de Vivienda y Desarrollo Urbano de la Cámara de Diputadas y Diputados.
Vea texto moción Boletín Nº 17.935-14 y siga su tramitación aquí.
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