Legislativo
Entrará en vigencia el 2 de abril
Ley N°21.772 moderniza el sistema notarial y registral con digitalización, mayor transparencia y control de tarifas
La reforma introduce cambios al Código Orgánico de Tribunales y a la normativa registral, incorporando tecnologías digitales, nuevos mecanismos de nombramiento de notarios y conservadores, auditorías obligatorias y regulación de los precios de los servicios notariales y registrales.

Esta próxima a entrar en vigencia la Ley Nº21.772, que modifica el sistema registral y notarial en sus aspectos orgánicos y funcionales, introduciendo diversas enmiendas al Código Orgánico de Tribunales, al Reglamento del Registro Conservatorio de Bienes Raíces y a otros cuerpos legales, todo ello con la finalidad modernizar y regular el funcionamiento de notarios, conservadores de bienes raíces y archiveros judiciales, quienes integran la segunda serie del Escalafón Secundario del Poder Judicial y actúan como auxiliares de la administración de justicia.
Los principales tópicos que se modifican a partir del 2 de abril próximo, son los siguientes:
- Modernización y digitalización del sistema : El proyecto exige que las notarías y registros incorporen tecnologías digitales para el funcionamiento de sus servicios.
Entre otras medidas:
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Implementación de repositorios electrónicos de documentos.
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Emisión de copias electrónicas de escrituras públicas.
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Uso de firma electrónica avanzada.
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Comunicación digital entre notarios, conservadores y organismos públicos.
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Consulta remota y gratuita de información para el público.
Esto busca facilitar el acceso a los trámites y reducir la dependencia del papel.
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Mayor transparencia y acceso a la información : Las notarías deberán mantener un sitio web público con información relevante, como:
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dirección y horario de atención.
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trámites disponibles y requisitos.
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tarifas de servicios.
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listado de personal y remuneraciones.
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balances anuales.
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declaraciones de intereses y patrimonio.
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informes de fiscalización.
El objetivo es aumentar la transparencia del funcionamiento de estas oficinas.
-
Regulación de tarifas notariales y registrales: El proyecto establece que:
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Las tarifas de los servicios serán fijadas mediante decreto del Ministerio de Justicia.
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Los precios tendrán límites máximos.
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La fijación deberá basarse en criterios técnicos y económicos.
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Las tarifas deberán actualizarse al menos cada dos años.
Esto busca evitar cobros excesivos y desigualdades entre distintas zonas del país.
-
Cambios en el sistema de nombramiento : Se introducen nuevos procedimientos para el nombramiento de notarios, conservadores y archiveros, con:
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perfiles profesionales definidos.
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procesos de selección con evaluación técnica.
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participación del Servicio Civil y del sistema de Alta Dirección Pública.
La finalidad es hacer más transparente y competitivo el acceso a estos cargos.
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Nuevas obligaciones y controles: El proyecto incorpora:
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auditorías externas obligatorias para notarías.
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deber de responder requerimientos de organismos públicos.
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responsabilidad disciplinaria y civil por infracciones.
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obligación de reportar operaciones sospechosas conforme a la normativa contra el lavado de activos.
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Regulación de funciones notariales : Se amplían y precisan funciones como:
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extensión de actas notariales sobre hechos presenciados.
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custodia de documentos o valores mediante instrucciones.
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remisión electrónica de títulos al conservador para su inscripción.
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Entrada en vigencia : La ley entrará en vigor seis meses después de su publicación en el Diario Oficial, aunque algunas obligaciones tecnológicas dependerán de la dictación de reglamentos.
En resumen, el proyecto busca reformar el sistema notarial y registral chileno, mediante digitalización, regulación de tarifas, mayor transparencia, controles administrativos y nuevos mecanismos de selección de notarios y conservadores.
Vea texto de la Ley Nº21.772, Historia de la Ley y sentencia Tribunal Constitucional Rol N°16.644-25-CPR.
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