Recurso de nulidad acogido por Corte de Concepción.
Tratándose de un delito en grado de desarrollo frustrado la pena se debe rebajar en un grado y luego aplicar las atenuantes o la media prescripción para determinar la pena en concreto.
Los jueces sancionaron al acusado con la pena de prisión en su grado máximo, luego de rebajar dos grados la pena asignada al delito, pero olvidan que calificaron el hecho ilícito como delito frustrado, lo que implica que debieron imponer la pena inmediatamente inferior en grado a la señalada por la ley y luego rebajarla en aplicación del instituto de la media prescripción.

Los jueces sancionaron al acusado con la pena de prisión en su grado máximo, luego de rebajar dos grados la pena asignada al delito, pero olvidan que calificaron el hecho ilícito como delito frustrado, lo que implica que debieron imponer la pena inmediatamente inferior en grado a la señalada por la ley y luego rebajarla en aplicación del instituto de la media prescripción . . .
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