Primera sala.
TC deberá pronunciarse si admite a trámite requerimiento de inaplicabilidad que impugna norma del CC relativo a plazo de prescripción de acción de nulidad de reconocimiento de paternidad.
La norma impugnada dispone: "La acción para impetrar la nulidad del acto de reconocimiento por vicios de la voluntad prescribirá en el plazo de un año, contado desde la fecha de su otorgamiento o, en el caso de fuerza, desde el día en que ésta hubiere cesado". La gestión pendiente invocada incide en un juicio…

La norma impugnada dispone: “La acción para impetrar la nulidad del acto de reconocimiento por vicios de la voluntad prescribirá en el plazo de un año, contado desde la fecha de su otorgamiento o, en el caso de fuerza, desde el día en que ésta hubiere cesado”.
La gestión pendiente invocada incide en un juicio de nulidad de reconocimiento de paternidad seguido ante el Juzgado de Familia de Viña del Mar, en la cual se rechazó la demanda por estimar prescrita la . . .
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