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Diario Constitucional

REFORMA DEL SISTEMA CONCURSAL

Superir reúne en un solo compendio 86 normas que regulan los procedimientos concursales y la insolvencia

Revisar sucesivamente resoluciones, circulares, instructivos y oficios dictados durante años para determinar cuál era la regulación administrativa vigente constituía hasta ahora una de las dificultades prácticas para quienes intervienen en procedimientos concursales. Esa dispersión es…

Por Redacción·19 de agosto de 2026·6 min de lectura
Superir reúne en un solo compendio 86 normas que regulan los procedimientos concursales y la insolvencia
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Revisar sucesivamente resoluciones, circulares, instructivos y oficios dictados durante años para determinar cuál era la regulación administrativa vigente constituía hasta ahora una de las dificultades prácticas para quienes intervienen en procedimientos concursales. Esa dispersión es precisamente la que la Superintendencia de Insolvencia y Reemprendimiento (Superir) busca corregir con la puesta en marcha de su primer Compendio de Normas sobre los Procedimientos Concursales y las Asesorías Económicas de Insolvencia.

El instrumento concentra 86 actos administrativos vigentes relacionados con la Ley N°20.720, actualmente modificada por la Ley N°21.563, y con la Ley N°20.416, conocida como Estatuto Pyme. El trabajo de revisión y sistematización se desarrolló entre abril de 2025 y julio de 2026 y terminó organizado en seis libros que abarcan disposiciones generales y materias relacionadas con reorganización, liquidación, renegociación y asesorías económicas de insolvencia, entre otras áreas.

La importancia práctica del cambio radica en que no se trata únicamente de crear un índice o repositorio de documentos. Con la entrada en vigor del compendio, la Superir dejó como antecedentes históricos distintas resoluciones exentas, normas de carácter general, instructivos y oficios de instrucción que se encontraban vigentes, pero que fueron incorporados al nuevo cuerpo normativo y derogadas mediante la Resolución Exenta N°19.752, de 12 de agosto de 2026. De esta manera, el criterio administrativo aplicable queda concentrado en una fuente sistematizada, mientras los textos anteriores permanecen disponibles para consulta histórica.

La herramienta fue presentada el 13 de agosto en dependencias de la Contraloría General de la República, en una ceremonia encabezada por el subsecretario de Economía y Empresas de Menor Tamaño, Karlfranz Koehler Duncker, y la superintendenta subrogante de Insolvencia y Reemprendimiento, Johana Álvarez Ahumada. También participaron el ministro de la Corte Suprema Arturo Prado Puga, autoridades judiciales, representantes de organismos públicos y actores del sistema concursal.

Desde el Ejecutivo, Koehler vinculó la iniciativa con una política de simplificación de la regulación estatal. El subsecretario la calificó como un ejemplo de “simplificación regulatoria” y sostuvo que ordenar las disposiciones concursales disminuye la incertidumbre que enfrentan especialmente las empresas de menor tamaño, además de favorecer la confianza y las posibilidades de reemprendimiento.

Johana Álvarez puso el acento en la certeza jurídica que busca generar el nuevo instrumento. “Por primera vez reunimos en un único instrumento todas las disposiciones vigentes”, señaló la superintendenta subrogante, destacando que la concentración de las reglas debería facilitar tanto su consulta como una gestión más transparente de los procedimientos.

El problema de las normas dispersas

Uno de los principales efectos de la sistematización se proyecta sobre quienes deben aplicar diariamente las instrucciones de la Superintendencia: liquidadores, veedores, asesores económicos de insolvencia y otros sujetos fiscalizados, además de abogados y tribunales que intervienen en estas materias.

El ministro de la Corte Suprema Arturo Prado explicó que la acumulación sucesiva de resoluciones y circulares puede fragmentar la regulación y dificultar la identificación de la regla efectivamente aplicable. Desde la perspectiva judicial, destacó que el compendio “proporciona una fuente técnica uniforme” y permite acceder a un marco administrativo más claro en materias donde no siempre existe una jurisprudencia consolidada.

Prado sostuvo además que la utilidad del instrumento va más allá de ordenar documentos, porque entrega a jueces, relatores y funcionarios una referencia sistemática de los criterios administrativos desarrollados por la Superir sobre reorganización, liquidación, renegociación y los demás mecanismos regulados por la Ley N°20.720. A su juicio, la accesibilidad y organización de las normas también inciden en la calidad institucional del sistema jurídico.

Una valoración similar formuló el liquidador concursal Eduardo Rendich Sillard, quien destacó el impacto operativo de contar con la regulación concentrada. “Ahora contamos con un solo documento, ordenado por materias”, expresó, señalando que anteriormente resolver determinadas dudas exigía revisar numerosas resoluciones dictadas en momentos diferentes.

La recepción del compendio entre actores vinculados a la actividad concursal también ha puesto de relieve ese aspecto. Publicaciones especializadas y profesionales del sector han destacado que la concentración de los 86 actos administrativos permite reducir el riesgo de trabajar con instrucciones desactualizadas y facilita el cumplimiento técnico de las reglas fiscalizadas por la Superintendencia.

Una regulación que cambió con la Ley N°21.563

La sistematización se produce tres años después de la entrada en vigencia de la Ley N°21.563, publicada en agosto de 2023, que introdujo una de las reformas más importantes al régimen de insolvencia establecido originalmente por la Ley N°20.720.

La modificación legal tuvo entre sus objetivos agilizar los procedimientos concursales, disminuir obstáculos de acceso, incentivar alternativas a la liquidación y crear procedimientos simplificados destinados a personas y a micro y pequeñas empresas. La historia legislativa da cuenta de que uno de los problemas identificados eran los costos y cargas que podían dificultar que empresas de menor tamaño utilizaran mecanismos de reorganización.

La reforma incorporó, entre otras modificaciones, procedimientos simplificados, reforzó exigencias relacionadas con la buena fe y modernizó determinadas actuaciones concursales, incluyendo mecanismos remotos para juntas de acreedores y herramientas electrónicas vinculadas a la realización de bienes.

Dentro del sistema, las personas deudoras pueden recurrir a la renegociación, procedimiento administrativo y gratuito facilitado por la Superir, o a la liquidación judicial. Para las empresas deudoras existen, según corresponda, mecanismos de reorganización destinados a reestructurar empresas viables y procedimientos de liquidación cuando la continuidad económica no resulta posible.

El compendio incorpora además la regulación administrativa vinculada con las Asesorías Económicas de Insolvencia (AEI) previstas en la Ley N°20.416. Este mecanismo está dirigido a micro y pequeñas empresas que enfrentan o prevén dificultades financieras y permite acceder a un profesional especializado para evaluar su situación y buscar alternativas frente a la insolvencia. Entre sus efectos puede contemplarse una protección financiera de hasta 90 días mientras se trabaja en una solución para la empresa.

Más de 8 mil procedimientos en seis meses

La creación del compendio coincide, además, con un período de utilización creciente de los mecanismos concursales.

Según el último reporte semestral publicado por la propia Superir, entre enero y junio de 2026 se iniciaron 8.047 procedimientos concursales de personas y empresas en el país. De ellos, el 47,4% correspondió a renegociaciones de personas deudoras y otro 47,1% a liquidaciones de bienes de personas. Las liquidaciones de activos de empresas representaron un 5,1%, mientras que las reorganizaciones empresariales alcanzaron el 0,3%.

El aumento resulta especialmente visible en las renegociaciones. Durante 2025 se declararon admisibles 4.815 solicitudes, cifra que representó un incremento de 146% respecto de 2024. Solo durante el primer semestre de 2026 la institución ya había declarado admisibles otras 3.819 solicitudes de renegociación.

En una perspectiva más amplia, desde la entrada en vigencia de la Ley N°20.720, en 2014, y hasta mayo de 2026 se habían iniciado más de 69 mil procedimientos concursales en Chile, entre renegociaciones, liquidaciones de personas y empresas y reorganizaciones empresariales.

Ese volumen ayuda a explicar por qué la uniformidad de las instrucciones administrativas adquiere relevancia no solo para los profesionales especializados, sino también para tribunales, acreedores, empresas y personas sometidas a procedimientos de insolvencia.

El nuevo compendio está actualmente disponible en la Biblioteca Digital de la Superintendencia. La plataforma permite consultar el documento unificado, compuesto por sus seis libros, junto con la resolución que lo aprueba, mientras mantiene separadamente los antecedentes históricos que dejaron de estar vigentes al ser incorporados a la nueva sistematización.

Con ello, la Superir busca que una regulación construida durante más de una década deje de funcionar como un conjunto de instrucciones dispersas y pase a ser consultada desde un cuerpo único y actualizado. El efecto concreto de esa reorganización deberá apreciarse ahora en su aplicación diaria por los sujetos fiscalizados y por los distintos actores que intervienen en el sistema concursal chileno.

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