Migración y extranjería.
Gravedad del delito prevalece sobre arraigo familiar: Corte Suprema revoca fallo y confirma expulsión.
Concluyó que el arraigo familiar no constituye impedimento suficiente para evitar la expulsión y no puede ser una excusa para soslayar normas específicas de nuestro ordenamiento jurídico.

La Corte Suprema revocó la sentencia dictada por la Corte de Santiago, que acogió la reclamación judicial interpuesta por un ciudadano peruano, en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que dispuso su expulsión del territorio nacional.
El reclamante expuso que ingresó a Chile en 2017 con permiso de residencia temporal por motivos laborales y que obtuvo residencia definitiva en 2019. Señaló que la expulsión ordenada en agosto de 2024 se basa en condenas penales por delitos de robo con intimidación, daños simples y receptación, por las cuales cumple condena bajo libertad vigilada y presidio menor. Sostuvo que trabaja formalmente, tiene núcleo familiar en Chile con conviviente e hijos, y que sus hijos están inscritos en el sistema de salud y educación chileno. Solicitó que se acoja la reclamación y se deje sin efecto la resolución que ordena su expulsión.
La Corte de Santiago acogió la reclamación al considerar que, aunque el reclamante incurrió en ilícitos que podrían justificar la expulsión según la Ley de Migración y Extranjería, la medida resultó desproporcionada y antijurídica al no ponderar adecuadamente su situación familiar, que incluye residencia definitiva desde 2019, una conviviente con residencia definitiva y tres hijos menores, uno de ellos chileno, todos estudiantes y protegidos por el sistema de salud. Además, se refirió a la obligación estatal de proteger el interés superior del niño conforme a la Convención sobre los Derechos del Niño y la ley migratoria, que exige valorar la reunificación familiar y otros factores personales antes de dictar la expulsión. Por lo anterior, dejó sin efecto la orden de expulsión.


