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Diario Constitucional

Corte Suprema confirma expulsión

Expulsión de ciudadana boliviana condenada como cómplice del delito de robo con intimidación, se ajusta a derecho.

La medida de expulsión fue dispuesta con apego a la ley y justificada en una causal legal que así lo autoriza, pues se trata de una persona que ingresó al país de manera irregular y que fue condenada por sentencia ejecutoriada en calidad de cómplice de robo con intimidación.

Por Redacción·01 de abril de 2025·2 min de lectura
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Referencial

La Corte de Talca rechazó el recurso de reclamación interpuesto por una ciudadana boliviana en contra del Servicio Nacional de Migraciones, que ordenó su expulsión del territorio nacional.

La reclamante sostuvo que no fue notificada debidamente del inicio del procedimiento administrativo, lo que le impidió ejercer su derecho a la defensa y presentar descargos. Señaló que, en caso de haber sido notificada oportunamente, habría podido aportar como antecedente que tiene un hijo de nacionalidad chilena, lo que afectaría el interés superior del menor en caso de materializarse su expulsión. Alegó que la medida es desproporcionada, ya que no tiene antecedentes penales previos, y que la autoridad ignoró factores relevantes, como sus lazos familiares y su situación de libertad vigilada. Además, que la resolución no cumple con los requisitos legales establecidos en la Ley N° 21.325 de Migración y Extranjería, por lo que solicitó que se declare ilegal, arbitraria y desproporcionada la resolución de expulsión.

El Servicio Nacional de Migraciones informó que la actora ingresó al país de forma irregular, eludiendo el control migratorio, y que se le notificó el inicio de un procedimiento sancionatorio, otorgándole un plazo de 10 días hábiles para presentar sus descargos, pero no remitió los antecedentes solicitados. Tras ponderar la gravedad de los hechos, incluyendo una condena penal por robo con intimidación, dictó la expulsión de la reclamante, ajustada a la Ley de Migración y Extranjería, considerando la irregularidad de su permanencia y la falta de vínculos familiares. Concluyó que la expulsión es una medida necesaria frente a la infracción de las leyes migratorias y los intereses nacionales, conforme a lo establecido en la Constitución y tratados internacionales.

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