Casación en la forma acogida
Empresa sanitaria deberá pagar $60 millones por daños en vivienda tras rotura de matriz de agua potable
La Corte Suprema confirmó la sentencia de primera instancia que acogió parcialmente la demanda, ordenando a la empresa pagar $55.694.500 por daño emergente y $5.000.000 por daño moral, tras la rotura de una matriz de agua potable que provocó socavón y daños estructurales, dejando la vivienda inhabitable y generando gastos de reconstrucción y arriendo, además de afectar la estabilidad emocional del actor y su familia.

La Corte Suprema acogió el recurso de casación en la forma interpuesto en contra de la sentencia de la Corte de Apelaciones de Arica, que revocó el fallo que acogió parcialmente la demanda deducida en contra de una empresa sanitaria.
La causa versa sobre una demanda de indemnización de perjuicios por responsabilidad extracontractual, presentada por el afectado en contra de la empresa, por los daños sufridos en su vivienda a raíz de una rotura en la matriz de agua potable cercana a su propiedad. Según los antecedentes, el 19 de marzo de 2019 se produjo una fuga de agua que habría provocado un socavón y daños estructurales en el inmueble del demandante, dejándolo inhabitable. El actor atribuye responsabilidad a la empresa por falta de mantención y negligencia en la reparación oportuna de la avería, señalando que, tras advertir grietas y hundimientos en su propiedad y en las veredas colindantes, comunicó el hecho inmediatamente, pero la respuesta de la empresa fue tardía y se limitó a excusar los daños debido a la calidad del terreno, sin asumir responsabilidad. Además, el Serviu confirmó la gravedad de la situación, concluyendo que la vivienda estaba inhabitable y que los daños afectaban cimientos, muros y estructuras esenciales, lo que obligó al actor a costear un informe pericial externo y a asumir gastos de reconstrucción y arriendo.
El tribunal de primera instancia acogió parcialmente la demanda y condenó a la demandada al pago de una indemnización de $55.694.500.- por daño emergente y $5.000.000.- por daño moral, tras considerar que existe un incumplimiento del deber de cuidado por parte de la empresa y que la rotura de la matriz fue la causa directa de los perjuicios sufridos, descartando la alegación de caso fortuito o culpa exclusiva del actor.


