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Diario Constitucional

Reclamo de ilegalidad acogido

Corte Suprema anula sanción a Corporación Municipal de Peñalolén por supuestas infracciones laborales

Dejó sin efecto multa impuesta por la Superintendencia de Educación, destacando errores en el proceso sancionatorio y falta de tipificación de las infracciones. La sanción carece de fundamento jurídico sólido, al basarse en cuestionamientos formales y no en infracciones efectivamente acreditadas. Concluyó que no existió incumplimiento real ni perjuicio normativo y dejó sin efecto la multa en defensa del principio de tipicidad y el debido proceso.

Por Redacción·21 de junio de 2025·3 min de lectura
Imagen: cormup.cl
Referencial

La Corte Suprema confirmó la sentencia de la Corte de Apelaciones de Santiago que acogió el reclamo de ilegalidad interpuesto por la Corporación Municipal de Peñalolén, dejando sin efecto la Resolución Exenta dictada por la Superintendencia de Educación, mediante la cual le aplicaba una sanción de privación parcial de la subvención general del 3% por tres meses.

El procedimiento administrativo sancionador tiene su origen en el “Programa Cotizaciones Previsionales 2020” de la Superintendencia, que derivó en una fiscalización y formulación de cargos por supuestas infracciones relativas a atrasos o falta de pago de cotizaciones previsionales y remuneraciones durante los primeros meses de 2021.

La Corporación Municipal alegó que la sanción impuesta por la Superintendencia de Educación era ilegal y carecía de fundamento jurídico, pues el cargo principal sobre la falta de escrituración de contratos no está tipificado como infracción en la normativa vigente. Además, el órgano fiscalizador vulneró el principio de contradictoriedad al no considerar oportunamente las pruebas y aclaraciones presentadas durante el procedimiento. La reclamante sostuvo que los pagos de cotizaciones y remuneraciones correspondientes a los funcionarios señalados estaban realizados en tiempo y forma antes del inicio de la fiscalización, por lo que solicitó que la sanción fuera dejada sin efecto.

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