FORMALIZACIÓN DE ALCALDE
Alcalde de Coihueco queda con prohibición de acercarse a funcionaria
El Juzgado de Garantía de Chillán decretó las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima y apercibimiento respecto del alcalde de Coihueco, Wilson Enrique Palma Jelvez, quien fue formalizado por cuatro delitos consumados de solicitación de persona, un delito consumado de ofensas…

El Juzgado de Garantía de Chillán decretó las medidas cautelares de prohibición de acercarse a la víctima y apercibimiento respecto del alcalde de Coihueco, Wilson Enrique Palma Jelvez, quien fue formalizado por cuatro delitos consumados de solicitación de persona, un delito consumado de ofensas al pudor y dos delitos de abuso sexual por sorpresa, uno consumado y otro tentado, presuntamente cometidos contra una funcionaria municipal entre marzo y mayo de 2025.
Durante la audiencia de formalización, el tribunal rechazó las medidas cautelares de arraigo nacional y firma mensual solicitadas por el Ministerio Público, así como el arresto domiciliario nocturno requerido por el querellante.
El juzgado estimó que la prohibición de acercarse a la víctima resultaba suficiente y adecuada para resguardar su seguridad durante el desarrollo de la investigación. Para resolver de esa manera, tuvo en consideración la irreprochable conducta anterior del imputado, los antecedentes expuestos por los intervinientes y el hecho de que había comparecido a todos los actos del procedimiento.
Asimismo, fijó en tres meses el plazo para realizar las diligencias investigativas.
De acuerdo con los antecedentes expuestos por el Ministerio Público, en febrero de 2025 la víctima conversó con el alcalde de Coihueco acerca de un cargo de jefatura disponible en la Dirección Municipal de Salud de la comuna, al que tenía interés en acceder debido a que, por motivos familiares, necesitaba trasladarse desde San Carlos, donde desempeñaba una función similar.
Según la Fiscalía, una vez que la funcionaria obtuvo el cargo, el jefe comunal la habría contactado en distintas oportunidades y por diversos medios, entre febrero y mayo de 2025, para manifestarle que debían mantener relaciones sexuales.
El ente persecutor sostuvo que uno de esos episodios habría ocurrido mientras ambos se encontraban en la Región Metropolitana participando en una actividad municipal.
Asimismo, durante la audiencia la Fiscalía expuso un episodio de intimidación que habría tenido lugar en abril de 2025 y otros dos hechos que calificó como abuso sexual, ocurridos durante el mismo año.
Con estos antecedentes, el tribunal mantuvo al imputado sujeto a la prohibición de acercarse a la víctima durante los tres meses fijados para la investigación y descartó las demás medidas cautelares solicitadas por los intervinientes.
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