Contraloría General de la República.
Servidores a honorarios de organismos públicos deben requerir el cobro de los subsidios derivados del uso de licencias médicas directamente ante la entidad previsional.
Las entidades contratantes pueden pagar la diferencia entre el referido subsidio y el total de los honorarios acordados, si así se pacta en el contrato a honorarios.

Las entidades contratantes pueden pagar la diferencia entre el referido subsidio y el total de los honorarios acordados, si así se pacta en el contrato a honorarios . . .
Temas
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


