Dictamen
Corporaciones municipales no pueden usar sus propios fondos para celebrar Día de la Atención Primaria de Salud sin Decreto Supremo que lo declare
La Contraloría aclaró que los ingresos propios de las corporaciones municipales, ya sean de origen público o generados por sus actividades, solo pueden destinarse a los fines establecidos por la ley, y que la celebración del Día de la Atención Primaria de Salud requiere una declaración oficial del Presidente de la República mediante decreto supremo.

La Contraloría General de la República emitió el Dictamen N° E148874N25, mediante el cual señaló que las corporaciones municipales no pueden utilizar sus ingresos propios para celebrar el “Día de la Atención Primaria de Salud” mientras este no sea declarado oficialmente por el Presidente de la República.
El pronunciamiento responde a una consulta formulada por la Corporación de Desarrollo de La Reina, que solicitó aclaración sobre la aplicabilidad del criterio contenido en el dictamen N° E528981 de 2024 a su situación particular.
En su fundamento jurídico, la Contraloría recordó que:
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Las corporaciones municipales fueron constituidas al amparo del artículo 12 del DFL N° 1-3.063 de 1980 como personas jurídicas de derecho privado sin fines de lucro.
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Estas entidades perciben financiamiento de origen fiscal y aportes municipales destinados a fines específicos.
Están sometidas a un régimen jurídico especial de Derecho Público.
Deben observar los principios de eficiencia y eficacia en la administración de recursos públicos.
Al respecto, se indicó que la jurisprudencia administrativa previa (dictámenes N°s E160316 de 2021, E235694 de 2022 y E533692 de 2024) ha establecido que:
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Los fondos públicos que reciben las corporaciones municipales solo pueden emplearse en los objetivos específicos para los que fueron conferidos.
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Sus ingresos propios, sean de origen público o generados por actividades propias, deben destinarse únicamente a los fines establecidos por el legislador.
En consecuencia, la Contraloría concluyó que las corporaciones municipales no pueden utilizar sus ingresos propios en la celebración del «Día de la Atención Primaria de Salud» mientras este no sea declarado oficialmente mediante decreto supremo del Presidente de la República.
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