Dictamen reconsideга criterio
Contraloría aclara que funcionarios regidos por Código del Trabajo pueden percibir conjuntamente indemnización y beneficio por retiro bajo ciertas condiciones
Es posible que perciban conjuntamente el bono adicional de la ley N°20.948 y la indemnización por años de servicios del Código del Trabajo si el cese de funciones es por necesidades de la empresa y cumplen los demás requisitos exigidos

La Contraloría General de la República emitió pronunciamiento respecto a la compatibilidad de beneficios por retiro para trabajadores regidos por el Código del Trabajo en instituciones públicas, reconsiderando parcialmente criterio contenido en el dictamen NºE12486, de 2025.
El caso se originó tras las solicitudes de reconsideración presentadas por el Hospital de DIPRECA, CORFO, la Agrupación Nacional de Empleados Fiscales y un empleado del Hospital de DIPRECA.
La Contraloría, basándose en un nuevo estudio de la materia, determinó que para que los trabajadores regidos por el Código del Trabajo puedan percibir conjuntamente los beneficios, deben cumplirse ciertos requisitos:
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Que cesen en sus funciones por la causal de necesidades de la empresa; y
Que se verifiquen la totalidad de las circunstancias exigidas para cada beneficio.
En este caso, la Contraloría concluyó que «los funcionarios regidos por el Código del Trabajo que cesan por la causal de necesidades de la empresa pueden percibir conjuntamente los beneficios por retiro del artículo 4° de la ley N° 20.948 y la indemnización por años de servicios del artículo 163 de ese código».
Además, señaló que «la causal de necesidades de la empresa siempre debe fundamentarse en hechos objetivos, razonables e inevitables, vinculados al cumplimiento de los principios de legalidad del gasto, así como de los de eficiencia y eficacia en el manejo de los fondos públicos».
Como consecuencia, la Contraloría ordenó al Hospital de DIPRECA, adoptar las medidas conducentes para recuperar los fondos indebidamente pagados en al menos doce casos analizados e informar a la Contraloría General dentro del plazo de 60 días sobre las acciones tomadas.
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