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Diario Constitucional

Dictamen de la Contraloria

Concepto de “usuarios de la cuenca” referido en el artículo 314 del Código de Aguas con motivo de acuerdos de redistribución solo comprende a los titulares de aprovechamiento de aguas de tal cuenca.

Lo anterior, no impide que los Servicios Sanitarios Rurales que carezcan de derechos de aprovechamiento puedan solicitar autorización con cargo al decreto de escasez, por un caudal determinado, para extraer recurso hídrico para fines de consumo humano o saneamiento.

Por Redacción·26 de mayo de 2023·1 min de lectura
imagen: UTEM
Referencial

Lo anterior, no impide que los Servicios Sanitarios Rurales que carezcan de derechos de aprovechamiento puedan solicitar autorización con cargo al decreto de escasez, por un caudal determinado, para extraer recurso hídrico para fines de consumo humano o saneamiento . . .

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