18°C ·Santiago·07 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

Perspectiva de género

Justicia argentina revoca orden que obligaba a Google a desindexar denuncias por abuso sexual contra hombre absuelto

La Cámara Civil y Comercial Federal (Argentina) revocó una resolución judicial que ordenaba a los motores de búsqueda desindexar publicaciones sobre denuncias de abuso sexual contra el propietario y director de un teatro, quien había sido absuelto posteriormente en sede penal. El pronunciamiento…

Por Redacción·06 de septiembre de 2026·2 min de lectura
Justicia argentina revoca orden que obligaba a Google a desindexar denuncias por abuso sexual contra hombre absuelto
Referencial

La Cámara Civil y Comercial Federal (Argentina) revocó una resolución judicial que ordenaba a los motores de búsqueda desindexar publicaciones sobre denuncias de abuso sexual contra el propietario y director de un teatro, quien había sido absuelto posteriormente en sede penal. El pronunciamiento también dejó sin efecto la clausura de una cuenta de correo electrónico que presuntamente recopilaba testimonios contra el acusado, enfatizando la protección de las garantías comunicacionales.

El litigio comenzó mediante una acción judicial urgente promovida por el directivo teatral contra Google y Meta. El afectado pretendía eliminar un perfil de Facebook, bloquear tres enlaces en un portal de reseñas teatrales y cerrar un correo electrónico, acusando contenidos agraviantes sobre una causa penal que culminó con su absolución definitiva hacia fines de 2023. El tribunal de primera instancia acogió la solicitud al considerar que existía una ilicitud evidente y urgencia procesal.

Las empresas tecnológicas apelaron la decisión acusando falta de revisión individual sobre cada enlace, la afectación injustificada de terceras personas ajenas al litigio y el desconocimiento de la naturaleza privada de los correos electrónicos. Los magistrados de alzada coincidieron con estos planteamientos, destacando que las órdenes de desindexación restringen la libre circulación de contenidos en la red y conllevan una presunción de inconstitucionalidad por constituir potenciales medidas de censura previa.

Al evaluar las expresiones cuestionadas, precisaron que el actor ejercía una labor expuesta al público, lo que volvía legítimo el interés sobre vivencias y opiniones en su entorno. Asimismo, sostuvieron que las publicaciones fueron emitidas durante el transcurso de la investigación penal, por lo que la posterior absolución por falta de convicción probatoria no convierte retroactivamente en falsos o ilegítimos los relatos, máxime cuando la sede penal consideró verosímil la acusación inicial.

El dictamen incorporó un enfoque de género, reconociendo que los reclamos sociales sobre conductas abusivas en espacios laborales mantienen amparo normativo aunque no finalicen en condenas. Asimismo, se ponderó el principio de proporcionalidad, pues una de las páginas contenía doce comentarios de obras y solo una mencionaba al requirente, perjudicando indebidamente a otros creadores escénicos. El tribunal agregó que el afectado podía utilizar esas mismas plataformas para difundir su absolución.

Finalmente, la Cámara descartó intervenir la cuenta de correo por falta de acreditación sobre su titularidad o propósito exclusivo. Los jueces establecieron que el buzón digital equivale a la correspondencia tradicional y goza de amparo constitucional frente a interceptaciones, por lo que clausurarlo cautelarmente vulneraría derechos fundamentales de privacidad pertenecientes a individuos que ni siquiera formaron parte del litigio.

Vea sentencia Cámara Civil y Comercial Federal.

Te puede interesar