A solicitud de padres de la joven
Tribunal neerlandés ordena develar identidad de médicos que cuestionaron eutanasia de joven a través de una carta
Un tribunal de La Haya (Países Bajos) resolvió que el Ministerio Público debe entregar de manera íntegra, incluyendo la identificación de catorce médicos, una carta vinculada al caso de una adolescente de 17 años que accedió a la eutanasia en 2023. La menor falleció tras experimentar un…

Un tribunal de La Haya (Países Bajos) resolvió que el Ministerio Público debe entregar de manera íntegra, incluyendo la identificación de catorce médicos, una carta vinculada al caso de una adolescente de 17 años que accedió a la eutanasia en 2023. La menor falleció tras experimentar un sufrimiento psíquico calificado como insoportable e irreversible, hecho que motivó posteriores cuestionamientos sobre las condiciones en que se adoptó dicha determinación.
La controversia tiene su origen en 2024, cuando la Fiscalía recibió un documento titulado sobre los perjuicios de desviar el debate de la eutanasia por padecimiento psicológico en pacientes vulnerables. En el escrito, suscrito principalmente por psiquiatras, los autores plantearon dudas respecto a la presunta influencia de los padres y del psiquiatra tratante en la decisión de la joven, deslizando además una eventual falta de discernimiento de la paciente.
Pese a que el documento adquirió difusión pública, las identidades de la totalidad de los profesionales firmantes no fueron reveladas a la familia. Los progenitores alegaron una vulneración a su honor, reputación y proceso de duelo producto de las imputaciones, manifestando su intención de llevar los hechos ante los tribunales para hacer efectiva la responsabilidad de los autores, para lo cual requerían acceder a los nombres restantes tras conocer únicamente a seis de ellos.
En una etapa previa, el Ministerio Público rechazó entregar la copia íntegra con sustento en la normativa sobre transparencia gubernamental. El organismo persecutor consideró que la divulgación pública de los nombres de los facultativos no primaba por sobre la protección a la privacidad de los autores que remitieron la comunicación al órgano estatal.
Al resolver el conflicto, el tribunal reconoció que, si bien la confidencialidad de quienes acuden a las autoridades públicas debe ser protegida de forma general, en este supuesto particular la negativa de la Fiscalía resultó infundada. La magistratura concluyó que los recurrentes mantienen un interés legítimo para acceder a los datos de la totalidad de los firmantes mediante la vía formal.
En consecuencia, el juez ordenó a la Fiscalía proporcionar la carta original con los nombres y cargos de los catorce médicos en un plazo de 5 días hábiles. El tribunal restringió el uso de este documento, delimitando que los requirentes únicamente podrán emplear la información para iniciar acciones judiciales de carácter civil, disciplinario o penal en contra de los involucrados.


