Acción de Protección
Ley 21.235, artículo 43.
Un problema de los migrantes es la vigencia de sus cédulas de identidad, pero estas mantienen vigencia si acreditan contar con certificado de residencia en trámite vigente.
El único documento oficial cuya falta de vigencia puede obstar al desarrollo de la vida cotidiana en el país, es la cédula de identidad. Si la nueva ley ha contemplado una norma específica, que determina la mantención de la vigencia, de pleno derecho, pueden efectuar sin limitación trámites o solicitudes en establecimientos públicos.

El único documento oficial cuya falta de vigencia puede obstar al desarrollo de la vida cotidiana en el país, es la cédula de identidad. Si la nueva ley ha contemplado una norma específica, que determina la mantención de la vigencia, de pleno derecho, pueden efectuar sin limitación trámites o solicitudes en establecimientos públicos . . .
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