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Diario Constitucional

Recurso de protección acogido por Corte de San Miguel.

Hospital que no cuenta con intérprete de lengua de señas para proporcionarle información a persona sordomuda vulnera el derecho a la vida e integridad física y psíquica y la igualdad ante la ley.

El Estado y sus organismos dependientes deben eliminar toda barrera que obstaculice el acceso a un adecuado ejercicio de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, y tienen la obligación de realizar los ajustes razonables que sean necesarios para tal objeto.

Por Redacción·22 de febrero de 2024·1 min de lectura
Hospital que no cuenta con intérprete de lengua de señas para proporcionarle información a persona sordomuda vulnera el derecho a la vida e integridad física y psíquica y la igualdad ante la ley.
Referencial

El Estado y sus organismos dependientes deben eliminar toda barrera que obstaculice el acceso a un adecuado ejercicio de los derechos fundamentales de las personas con discapacidad, y tienen la obligación de realizar los ajustes razonables que sean necesarios para tal objeto . . .

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