Fallo confirmado por Corte Suprema, con voto en contra.
Decisión de no renovar patente de alcoholes es arbitraria e ilegal, al no cumplir con el deber de motivación de los actos administrativos.
La decisión de la recurrida de no renovar las patentes de alcoholes de la recurrente no se ajusta al deber de motivación de los actos administrativos que prescribe la Ley N°19.880, por cuanto la fundamentación contenida en la resolución aparece como vaga, genérica, y por ello arbitraria al tenor de las normas legales, por lo que además deviene en ilegal.

La Corte de La Serena acogió el recurso de protección interpuesto en contra de la Municipalidad de Coquimbo, por desestimar la solicitud de patente de alcoholes de la actora.
La recurrente denunció que el municipio actuó de manera arbitraria e ilegal al no renovar la patente de alcoholes de su establecimiento, argumentando que la decisión se basó en información incompleta y errónea.
Afirmó que las denuncias e infracciones que sustentaron el rechazo de la renovación no fueron acreditadas, y que la oposición de la comunidad carece de fundamentos concretos.
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