Decisión preliminar.
Veto de la Casa Blanca a medio de comunicación que se negó a utilizar la denominación “Golfo de América” se valida por un juez federal de Estados Unidos.
El conflicto entre AP y el gobierno de Estados Unidos se originó cuando el presidente Donald Trump expresó su desacuerdo con el uso del término "Golfo de México" por parte del medio, indicando que, a su criterio, debía denominarse "Golfo de América". Posteriormente, la Casa Blanca restringió la participación de AP en determinados eventos hasta que el medio “ajustara su guía de estilo en conformidad con la posición gubernamental”.

Un juez de distrito de los Estados Unidos resolvió denegar la moción presentada por Associated Press (AP), en la que solicitaba una orden de restricción temporal. En su decisión, el magistrado concluyó que la parte demandante no había acreditado la existencia de un daño irreparable que justificara la medida cautelar solicitada.
La solicitud de AP se basó en la presunta existencia de represalias gubernamentales que afectarían su capacidad de cobertura periodística en determinados eventos presidenciales con acceso limitado. No obstante, el tribunal estimó que, pese a las alegaciones expuestas, no se cumplieron los requisitos establecidos en la jurisprudencia aplicable para el otorgamiento de una orden de restricción temporal.
De acuerdo con el precedente judicial League of Women Voters of United States v. Newby, para que una orden de restricción temporal sea concedida, la parte solicitante debe demostrar, de manera clara, la concurrencia de cuatro factores: una probabilidad de éxito en cuanto al fondo del asunto, la existencia de un daño irreparable en ausencia de la medida cautelar, un equilibrio de intereses favorable a la parte solicitante y la conformidad de la medida con el interés público.
Temas
Te puede interesar
Suscribirme a Newsletter


