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Diario Constitucional

Con votos en contra.

Tribunal Supremo Federal de Brasil resolvió que la posesión de 40 gramos de cannabis para consumo personal o de seis plantas hembra no es un delito penal, sino una infracción administrativa.

Este criterio no es absoluto, sino una presunción que puede ser eliminada si se demuestra que la droga no fue utilizada para consumo personal. La policía puede incautar la droga y detener a la persona en flagrancia, aunque la cantidad sea inferior a 40 gramos, si encuentra indicios de intención de traficar.

Por Redacción·15 de septiembre de 2024·1 min de lectura
Imagen: CNN
Referencial

Este criterio no es absoluto, sino una presunción que puede ser eliminada si se demuestra que la droga no fue utilizada para consumo personal. La policía puede incautar la droga y detener a la persona en flagrancia, aunque la cantidad sea inferior a 40 gramos, si encuentra indicios de intención de traficar . . .

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