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Diario Constitucional

Citó 48 sentencias inexistentes

Tribunal español multa a abogado que utilizó jurisprudencia falsa generada por inteligencia artificial

Abordó la responsabilidad deontológica de los profesionales del derecho al utilizar sistemas tecnológicos en la fundamentación de sus escritos. El tribunal establece que la dependencia de herramientas digitales no exime al letrado de su deber de contrastar la información con fuentes oficiales, como el Centro de Documentación Judicial. La decisión subraya la importancia de la supervisión humana como eje rector para prevenir la introducción de datos inexactos en el sistema de justicia.

Por Redacción·18 de febrero de 2026·2 min de lectura
imagen: midespacho
Referencial

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (España) sancionó pecuniariamente a un abogado que incluyó 48 referencias jurisprudenciales inexistentes en un recurso de apelación. El letrado, que intervenía en un procedimiento derivado de una sentencia de la Audiencia Provincial de Santa Cruz de Tenerife, utilizó una herramienta de inteligencia artificial para sustentar su argumentación jurídica.

La resolución judicial detalla que las citas atribuidas al Tribunal Supremo y a informes del Consejo General del Poder Judicial fueron detectadas como falsas tras una revisión realizada por el servicio de documentación del tribunal. El fallo señala que el profesional omitió el proceso de verificación de los números de sentencia, fechas e identificadores, no contrastando los resultados obtenidos por la tecnología con las bases de datos públicas y gratuitas disponibles para la comunidad jurídica.

El tribunal fundamenta la sanción en la vulneración del deber de veracidad y las reglas de la buena fe, calificando la conducta como un abuso del servicio público de justicia. Según el tribunal, el uso de estas herramientas debe mantener siempre un carácter asistencial y nunca decisorio, estableciendo que la supervisión humana es un requisito indispensable para cumplir con los estándares de diligencia profesional exigidos en el Código Deontológico.

La cuantía de la multa se ha fijado en 420 euros, cifra que el tribunal relaciona con el coste medio de mercado de una suscripción a servicios de inteligencia artificial especializados en el ámbito legal. Para la determinación del monto, los magistrados consideraron como factor atenuante que el abogado reconoció los hechos de manera expresa y manifestó su arrepentimiento tras ser notificado del hallazgo de las referencias apócrifas.

Además de la sanción económica, el Tribunal ha ordenado remitir los antecedentes del caso al Colegio de Abogados correspondiente. Esta medida tiene como objetivo que la institución gremial evalúe si la actuación del colegiado amerita la apertura de un expediente disciplinario adicional por las posibles responsabilidades en que haya incurrido durante el ejercicio de su función.

Vea sentencia Tribunal Superior de Justicia de Canarias.

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