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Diario Constitucional

Delito de hurto agravado

Tribunal español condena a prisión a mujer que utilizó a sus hijos menores para robar figura del Viejito Pascuero

La imputada instruyó a sus dos hijos menores de edad para sustraer especies desde un recinto privado. El fallo es resultado de un acuerdo de conformidad en el que se ponderó la reincidencia de la acusada, la calificación jurídica de hurto agravado y la utilización de menores en la comisión del ilícito.

Por Redacción·30 de diciembre de 2025·2 min de lectura
imagen: conmishijos.com
Referencial

La Audiencia Provincial de Logroño (España) dictó sentencia definitiva en el marco de un procedimiento abreviado seguido contra una mujer, quien enfrentaba cargos por delitos contra la propiedad. El tribunal validó un acuerdo de conformidad alcanzado durante el inicio de las sesiones, mediante el cual la defensa de la imputada se adhirió a la petición de pena modificada presentada por el Ministerio Fiscal, evitando así la celebración del juicio oral y aceptando la responsabilidad penal de su representada.

Los hechos acreditados ocurrieron la noche del 17 de diciembre de 2023 en un centro comercial de la localidad. De acuerdo con lo narrado, la acusada acudió al establecimiento acompañada de sus dos hijos menores de edad y , movida por un ánimo de enriquecimiento ilícito y bajo un plan preconcebido, dio instrucciones precisas a los menores para que accedieran a una zona restringida donde se exhibía decoración navideña.

Obedeciendo a su madre, el menor de los niños saltó una valla de poca altura, sustrajo una figura del “Viejito Pascuero” de aproximadamente 90 centímetros y la entregó a su hermano mayor, logrando ambos abandonar el edificio con el objeto en su poder.

Para la determinación de la pena, la Audiencia tomó en especial consideración los antecedentes penales de la imputada, quien poseía un amplio prontuario policial por delitos de hurto cometidos entre los años 2021 y 2023. Muchas de las condenas previas estaban pendientes de cumplimiento al momento del nuevo delito.

En la audiencia preliminar, el Ministerio Fiscal modificó su calificación inicial, que perseguía un delito de robo con fuerza, para acusar finalmente por un delito de hurto agravado conforme a los artículos 234 y 235 del Código Penal. Esta recalificación atendió específicamente a la circunstancia agravante de haber utilizado a menores de dieciséis años para la perpetración del delito. La acusada reconoció los hechos y aceptó las consecuencias legales de dicha calificación.

En virtud de lo anterior, el tribunal condenó a la acusada, en calidad de autora penalmente responsable, a una pena de dieciocho meses de prisión, junto con la inhabilitación especial para el ejercicio del derecho de sufragio pasivo durante el tiempo de la condena.

Asimismo, en el ámbito de la responsabilidad civil, se le impuso la obligación de indemnizar al centro comercial perjudicado con la suma de 102 euros, correspondiente al valor de los perjuicios causados, además del pago de las costas procesales.

Vea sentencia Audiencia Provincial de Logroño.

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