Desestima acción de farmacéuticas
Tribunal de Países Bajos valida normativa que fija precios máximos de medicamentos genéricos
Determinó que las resoluciones administrativas que limitan los valores de venta al público se ajustan a la normativa vigente y al objetivo de sostenibilidad del sistema sanitario. El fallo establece que el control de costos constituye una finalidad legítima respaldada por la jurisprudencia internacional, descartando que la medida vulnere de forma general la rentabilidad económica de los proveedores o la disponibilidad de insumos en el mercado nacional.

El Tribunal de Apelaciones de Comercio e Industria de Países Bajos ratificó la facultad del Ministro de Salud, Bienestar y Deportes para establecer los precios máximos de los medicamentos genéricos correspondientes a los periodos de octubre de 2024 y abril de 2025. La sentencia concluye que las decisiones adoptadas por la autoridad administrativa se encuentran dentro del ámbito de aplicación de la legislación nacional y no contravienen el ordenamiento jurídico.
El proceso judicial se originó tras la determinación semestral de precios que realiza el Ejecutivo sobre aquellos fármacos que han perdido su protección de patente y que pueden ser comercializados por múltiples proveedores. Cuatro empresas del sector impugnaron el reglamento ministerial argumentando que los valores fijados resultaban excesivamente bajos, lo que a su juicio vulneraba el propósito de la Ley de Precios de Medicamentos y la normativa de la Unión Europea.
En sus alegatos, las compañías sostuvieron que la reducción de los topes de venta ponía en riesgo el abastecimiento y la disponibilidad de los productos en el mercado. No obstante, el tribunal desestimó estos argumentos al considerar que la fijación de precios máximos cumple con el fin legal de contener los gastos en el área de la salud pública, una justificación que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha aceptado previamente como válida.
La resolución judicial destaca que el Ministerio aborda los problemas de suministro mediante una combinación de medidas diseñadas para mitigar las posibles consecuencias negativas del control de precios sobre los distribuidores. Según el tribunal, los demandantes no lograron demostrar que la recalibración de precios impida de manera general que los medicamentos genéricos se vendan con un beneficio razonable dentro del territorio neerlandés.
Finalmente, el fallo aclara que los proveedores mantienen a su disposición procedimientos legales independientes bajo la Ley de Precios de Medicamentos en caso de que deseen cuestionar los topes aplicados a productos específicos de su catálogo. De este modo, la sentencia confirma la validez del marco regulatorio actual frente a las pretensiones de los actores privados de la industria.
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