Primera Enmienda
Tribunal de EE.UU. dictamina que deportación de manifestantes extranjeros a favor de Palestina viola la libertad de expresión
El juez concluyó que la libertad de expresión protege tanto a ciudadanos como a no ciudadanos estadounidenses. La demanda fue presentada por organizaciones académicas y de defensa de derechos, tras la detención de manifestantes extranjeros por el ICE. El gobierno había invocado la Ley de Inmigración y Naturalización de 1952 y una orden ejecutiva de Trump, argumentos que fueron desestimados por el tribunal.

Un tribunal federal de Massachusetts (Estados Unidos) declaró que el gobierno del presidente Donald Trump vulneró la Primera Enmienda al intentar deportar a extranjeros que participaron en manifestaciones pro palestinas relacionadas con el conflicto en Gaza.
El juez federal del caso resolvió que los procedimientos aplicados por el Departamento de Seguridad Nacional y el Departamento de Estado buscaron restringir la libertad de expresión de los manifestantes no ciudadanos. Según el fallo, las garantías constitucionales sobre la libre expresión y reunión pacífica no hacen distinción entre ciudadanos y extranjeros, por lo que la actuación del gobierno excedió sus atribuciones.
La decisión contradice la Orden Ejecutiva 14149, firmada por el presidente Trump, que limitaba la protección de la libertad de expresión exclusivamente a ciudadanos estadounidenses.
El caso fue presentado por el Instituto Knight de la Primera Enmienda de la Universidad de Columbia en representación de organizaciones académicas como la Asociación Americana de Profesores Universitarios (AAUP) y la Asociación de Estudios de Oriente Medio (MESA). Entre los detenidos figuran estudiantes y académicos extranjeros, como Mahmoud Khalil y Rumeysa Ozturk, quienes fueron arrestados por el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) durante protestas en diversos campus universitarios.
Las autoridades, en particular el secretario de Estado Marco Rubio, invocaron el artículo 237 de la Ley de Inmigración y Naturalización de 1952, que contempla la expulsión de extranjeros si su presencia pudiera tener efectos adversos para la política exterior del país. Sin embargo, el tribunal señaló que dicha norma no ampara la deportación cuando se trata únicamente de la expresión de opiniones políticas.
Jameel Jaffer, director ejecutivo del Instituto Knight, valoró el dictamen como un precedente relevante, destacando que refuerza la imposibilidad de sancionar a personas por el solo hecho de expresar posiciones políticas vinculadas a conflictos internacionales.
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