Vulnera derechos fundamentales
Tribunal Constitucional de Perú declara inaplicable reglamento de edificio que restringe tenencia de mascotas
Los derechos fundamentales tienen eficacia tanto frente al Estado como entre particulares, por lo que también rigen en las relaciones privadas. Destacó que el derecho al libre desarrollo de la personalidad comprende ámbitos de libertad personal que no pueden ser limitados de manera irrazonable. Asimismo, señaló que la libertad de tránsito se proyecta en los espacios comunes de los edificios residenciales, incluyendo pasillos y ascensores. Finalmente, concluyó que las restricciones impuestas no superaban el test de proporcionalidad, por lo que resultaban desproporcionadas.

El Tribunal Constitucional del Perú acogió un recurso de agravio constitucional interpuesto contra la resolución que validó diversas disposiciones del reglamento interno de un edificio que prohibían la tenencia de mascotas, el uso de ascensores en su compañía y la permanencia de visitas con animales. Así, el Tribunal declaró fundada la demanda, estableciendo que tales restricciones vulneraban los derechos al libre desarrollo de la personalidad y al libre tránsito.
Según los hechos narrados, un residente interpuso demanda de amparo contra la junta de propietarios de su edificio, solicitando que se inaplicaran diversos artículos del reglamento interno que limitaban la tenencia de mascotas. En su escrito, alegó que tales restricciones afectaban su derecho de propiedad, el libre desarrollo de la personalidad y la libertad de tránsito, pues las disposiciones incluían la prohibición de utilizar los ascensores con animales de compañía, obligándolo a emplear las escaleras hasta el piso dieciséis, lo cual resultaba perjudicial también para la salud de su mascota.
La acción fue rechazada en primera y segunda instancia pues los tribunales estimaron que la acción judicial fue extemporánea. Posteriormente, el afectado impugnó estas decisiones en sede constitucional.
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