🌦 11°C ·Santiago·03 de septiembre de 2026
Diario Constitucional

VIOLENCIA DE GÉNERO BAJO ESTÁNDAR

Tribunal Constitucional de España ordena reabrir investigación por violencia de género y acusa falta de diligencia judicial

El órgano declaró vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva de la víctima al archivarse la causa sin realizar diligencias esenciales ni una motivación suficiente.

Por Redacción·01 de mayo de 2026·2 min de lectura
Tribunal Constitucional de España ordena reabrir investigación por violencia de género y acusa falta de diligencia judicial
Referencial

El Tribunal Constitucional de España acogió, por unanimidad, un recurso de amparo interpuesto por una víctima de violencia de género, declarando que su derecho fundamental a la tutela judicial efectiva fue vulnerado debido a la falta de una investigación suficiente y a la insuficiente motivación de las resoluciones judiciales que dispusieron el archivo de la causa.

El caso se originó en febrero de 2023, cuando la recurrente solicitó auxilio policial denunciando que estaba siendo agredida por su esposo. Al llegar al lugar, los agentes constataron que la mujer presentaba una herida sangrante en la cabeza y una crisis de ansiedad, siendo trasladada a un centro hospitalario donde se emitió un parte de lesiones remitido posteriormente al juzgado.

Tras recibir declaración de la víctima y del imputado, el juez instructor decidió archivar las actuaciones argumentando la existencia de versiones contradictorias sin elementos objetivos de corroboración. Sin embargo, no se habían practicado diligencias solicitadas por la defensa de la víctima, como la elaboración de un informe médico detallado ni la declaración de una testigo presencial.

Al analizar el recurso, el Tribunal Constitucional concluyó que las resoluciones judiciales vulneraron el derecho a la tutela judicial efectiva en dos dimensiones. En primer lugar, por la falta de diligencia reforzada en la investigación, recordando que los delitos de violencia de género, especialmente en el ámbito doméstico, presentan dificultades probatorias que exigen una actuación judicial más intensa y no limitada a la mera confrontación de versiones.

En este sentido, el tribunal subrayó que el estándar constitucional exige que el juez practique todas las diligencias razonables que permitan esclarecer los hechos, señalando que la investigación no puede reducirse a un contraste superficial de testimonios, sino que debe complementarse con otras medidas que permitan confirmar o descartar la sospecha inicial.

En segundo término, el Tribunal advirtió una insuficiente motivación de las resoluciones judiciales, destacando que, en casos de violencia de género, el canon constitucional exige una fundamentación reforzada que considere el contexto de discriminación y su relación con los derechos a la igualdad y a la no discriminación.

Asimismo, concluyó que ni la resolución de archivo ni la dictada por la Audiencia Provincial justificaron adecuadamente la omisión de diligencias relevantes ni respondieron de manera fundada a las alegaciones de la recurrente.

Por estas consideraciones, el Tribunal Constitucional resolvió declarar la nulidad de las resoluciones judiciales impugnadas y ordenar la reapertura de la investigación, a fin de que se practiquen las diligencias necesarias para el esclarecimiento de los hechos denunciados.

Te puede interesar

Suscribirme a Newsletter