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Diario Constitucional

Suspensión provisoria.

Tribunal Constitucional de España dejó sin efecto la suspensión de la Ley que otorga a los ayuntamientos catalanes la competencia para autorizar actividades en la playa y el litoral.

La suspensión solamente procede en presencia de perjuicios ciertos y efectivos, en ausencia de los cuales ha de atenderse a la presunción de validez propia de las Leyes.

Por Vicente Aylwin Fernández·30 de septiembre de 2021·1 min de lectura
PanAm
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La suspensión solamente procede en presencia de perjuicios ciertos y efectivos, en ausencia de los cuales ha de atenderse a la presunción de validez propia de las Leyes . . .

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