HASTA REALIZACIÓN DE JUICIO EN
Tribunal británico revoca medida cautelar que prohíbe alojamiento de solicitantes de asilo en hotel de acogida debido a protestas
Anuló la medida cautelar que impedía el uso del Hotel Bell en Epping como alojamiento para solicitantes de asilo, identificando errores de principio en la decisión inicial y señalando la improcedencia de considerar protestas ilegales como factor decisivo para fundar tal decisión. Subrayó que la clausura del sitio produciría presión sobre el sistema nacional de acogida, por lo que permitió que los 138 migrantes permanezcan hasta el juicio previsto para octubre.

El Tribunal de Apelación del Reino Unido resolvió dejar sin efecto la medida cautelar concedida por el Tribunal Superior que impedía la utilización del Hotel Bell, ubicado en la ciudad de Epping, como alojamiento para solicitantes de asilo. La decisión se sustentó en la constatación de errores de principio cometidos por el juez de primera instancia al ponderar determinados elementos en su resolución.
De acuerdo con lo expresado por el tribunal, el magistrado del Tribunal Superior no debió tomar en cuenta las protestas registradas frente al establecimiento como criterio para otorgar la medida cautelar. El tribunal señaló que tales manifestaciones, aun cuando tuvieron un impacto en la solicitud presentada, no constituían fundamento suficiente para restringir el alojamiento, aunque admitió que el juez podía actuar con la debida cautela.
La resolución también hizo notar que el juez de primera instancia no valoró la consecuencia directa de impedir el uso del hotel, consistente en trasladar el problema de capacidad habitacional a otras áreas del sistema nacional de acogida. El Tribunal de Apelación subrayó que la provisión de alojamiento para solicitantes de asilo constituye un asunto de carácter nacional que debe abordarse mediante soluciones estructuradas.
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