En juicio de sucesión.
Tribunal argentino reconoce derecho de abogado para retener dinero extraído de la caja fuerte de su mandante fallecido en cobro de sus honorarios.
El ordenamiento de fondo autorizaba al letrado a retener cuanto bastare para el pago no sólo de lo que hubiera adelantado y de los gastos realizados sino lo necesario para hacer frente, en el caso, a su remuneración. Este derecho le asiste aunque su crédito no sea líquido y, por tanto, no esté determinada la cuantía de sus honorarios.

El ordenamiento de fondo autorizaba al letrado a retener cuanto bastare para el pago no sólo de lo que hubiera adelantado y de los gastos realizados sino lo necesario para hacer frente, en el caso, a su remuneración. Este derecho le asiste aunque su crédito no sea líquido y, por tanto, no esté determinada la cuantía de sus honorarios . . .


