Libertad de expresión en la web
Tribunal argentino rechaza demanda contra Google por publicaciones vinculadas a presunto abuso sexual cometido por abogado
Confirmó una sentencia que rechazó el pedido de desindexación de contenidos vinculado a publicaciones que involucraban al actor en una supuesta denuncia por abuso sexual. El tribunal consideró que, pese al tiempo transcurrido y la inexistencia de imputación penal, los hechos relatados en las notas mantenían interés público, por tratarse de una denuncia sobre violencia contra una menor. En consecuencia, desestimó la pretensión de bloquear el acceso mediante buscadores.

La Cámara Federal de Rosario (Argentina) confirmó el rechazo de la demanda que un abogado interpuso contra Google, en la que solicitó el bloqueo, desindexación y eliminación de enlaces que lo asociaban a una acusación de abuso sexual contra una menor que cometió suicidio. El letrado pretendía desvincular su nombre de una publicación en una página web y otra en Facebook, alegando que nunca fue denunciado ni imputado en sede penal y que la causa respectiva fue archivada.
La acción fue desestimada en primera instancia. Se estimó que las publicaciones en cuestión se referían a hechos de interés público, en particular por tratarse de una denuncia de abuso contra una menor de edad, encuadrable en el marco de violencia de género. Señaló que la libertad de expresión goza de una protección reforzada cuando se trata de información relacionada con temas que trascienden el interés privado, y que solo podría restringirse si se acredita de forma clara la ilicitud del contenido, lo que, a su juicio, en este caso no ocurrió.
El abogado apeló el fallo, alegando que si bien la publicación que se encontraba alojada en el sitio original había desaparecido, posteriormente fue publicada en otra website. Adujo que ello no modificaba el perjuicio causado. Solicitó que, en caso de revocación de la sentencia dictada, se incluyera la desindexación del vínculo referenciado. En cuanto a los agravios formulados, adujo que el fallo se alejaba del criterio de ponderación de la Corte al evaluar los derechos en pugna.
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