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Diario Constitucional

Cuestiona política migratoria

Rechazo administrativo de solicitudes de asilo en la frontera es ilegal, resuelve tribunal alemán

Desestimó los argumentos presentados por el Ministerio del Interior, según los cuales sería jurídicamente admisible rechazar a personas solicitantes de asilo en frontera si proceden de un tercer país considerado seguro. Conforme a la normativa europea vigente, los Estados miembros están obligados a realizar un examen caso por caso, lo cual incluye garantizar el derecho a una audiencia adecuada que permita evaluar la aplicabilidad de posibles excepciones al traslado.

Por Redacción·06 de junio de 2025·2 min de lectura
imagen: euronews
Referencial

El Tribunal Administrativo de Berlín (Alemania) resolvió que el rechazo administrativo a solicitudes de asilo en la frontera carece de sustento jurídico conforme al Derecho de la Unión Europea. La sentencia se pronunció en el contexto de un procedimiento de revisión sobre la legalidad de la devolución de tres nacionales somalíes, dos hombres y una mujer, a territorio polaco, tras haber ingresado a Alemania.

En su fundamentación, el tribunal estableció que dicha devolución vulnera las disposiciones del Reglamento (UE) n.º 604/2013, conocido como Reglamento Dublín III, el cual determina los criterios y mecanismos para identificar al Estado miembro competente para examinar una solicitud de protección internacional. En el caso concreto, el órgano jurisdiccional consideró que la ausencia de una evaluación individualizada previa impide aplicar correctamente el mecanismo de traslado contemplado en dicha normativa.

El tribunal desestimó los argumentos presentados por el Ministerio del Interior, según los cuales sería jurídicamente admisible rechazar a personas solicitantes de asilo en frontera si proceden de un tercer país considerado seguro. Conforme a la normativa europea vigente, los Estados miembros están obligados a realizar un examen caso por caso, lo cual incluye garantizar el derecho a una audiencia adecuada que permita evaluar la aplicabilidad de posibles excepciones al traslado, tales como condiciones de salud, vulnerabilidad o riesgo para la integridad física del solicitante.

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